El Ayuntamiento mairenero no cometió irregularidades en materia laboral
A pesar de ciertas informaciones aparecidas meses atrás, el Tribunal de Cuentas de Andalucía dictamina que el trato tanto a la Policía Municipal como a los trabajadores de Cultura fue acorde a la ley
La auditoría en el Ayuntamiento de Mairena del Alcor, referida al año 2021, y sobre la que se venía hablando de posibles irregularidades en lo referido a pagos a agentes de la Policía Local y trabajadores del área de Cultura del Ayuntamiento tiene ya sentencia por parte del Tribunal de Cuentas de Andalucía, con sede en Granada, que es el órgano juzgador competente. Y al efecto, su resolución sobre la materia dictamina que la actuación del Consistorio fue siempre acorde a la ley.
El órgano llega a esta conclusión tras más de dos meses de estudio y comprobaciones, procedimiento en el que Ayuntamiento presentó las correspondientes alegaciones, que inicialmente no fueron tomadas en consideración, por lo que el caso llegó a la instancia superior, esto es, la Cámara de Cuentas de Andalucía, que tampoco aceptó las alegaciones presentadas por el Tribunal de Cuentas en defensa de su postura.
Llegados a este punto, el instructor del Tribunal solicitó documentación adicional al Ayuntamiento en junio de 2022, y en base a esos documentos y las alegaciones que finalmente sí fueron admitidas, el alto tribunal de arbitraje resolvió proceder al acta de liquidación provisional, que se recibió en el Ayuntamiento de Mairena del Alcor el pasado 5 de julio, indicándose en la misma que el Ayuntamiento no cometió ningún tipo de irregularidad.
De este modo, el Tribunal de Cuentas de Andalucía corrobora la postura mantenida permanentemente por el equipo de gobierno que encabeza Juan Manuel López, que en todo el recorrido del procedimiento sostuvo que los abonos cuestionados por realización de trabajo a turno y nocturnidad, así como los premios a la constancia a la Policía Local están recogidos en el Reglamento del Personal Funcionario aprobado en marzo de 2009 por el Pleno de la Corporación.
De todos modos, desde esa apreciación de la auditoría, dejaron de efectuarse los referidos pagos, mientras que las gratificaciones por servicios extraordinarios fuera de la jornada laboral fueron abonadas al personal laboral, es decir, empleados no funcionarios, por tanto es un complemento totalmente legal y acorde a derecho.