El sentido y la razón de un nuevo escudo para Mairena del Alcor

Entrevista de Actualidad

A raíz de la polémica desatada sobre la posibilidad de cambio en el símbolo heráldico de la localidad, El Periódico de Mairena pregunta al historiador José Manuel Navarro Dominguez

Durante los últimos días hemos asistido a informaciones que remiten a la posibilidad de un cambio de diseño en el escudo de Mairena del Alcor. El asunto incluso ha sido llevado a pleno por el equipo de gobierno, aunque tuvo que ser retirado ante la falta de apoyo al cambio, al requerir este tipo de modificaciones una mayoría cualificada que en la sesión corporativa no se materializó. No obstante, y aunque se trata de un tema arrumbado durante años, el asunto no es novedoso. De hecho, remite a la campaña electoral de la primavera de 1991, cuando el Partido Andalucista propuso el cambio vinculado al programa electoral de su candidato para la ocasión, José María Domínguez Ortiz. Se trataba de una propuesta que aspiraba a oficializar el nuevo emblema heráldico elaborado tras estudios e investigaciones por el cronista local Eusebio Pérez Puerto, con aportaciones artísticas del escultor Jesús Gavira, que se plasmó en un libro publicado por aquellos entonces, donde se daba cuenta tanto de las modificaciones propuestas, al tiempo que del aval histórico que las fundamentaba.

Al objeto de abordar el asunto al margen de comportamientos políticos y desde el punto de vista de un especialista en esta materia, hablamos de ello con el doctor y profesor de Historia e investigador mairenero José Manuel Navarro Domínguez.

P-Ante todo gracias por acceder a nuestra solicitud de tratar de poner un poco de claridad y ejercer algo de pedagogía con el tema. A partir de ahí, le planteamos la pregunta de si Mairena puede sentirse cómoda y bien identificada con el emblema heráldico que posee en la actualidad.

R-Soy yo quien agradece a este medio la confianza que muestra en que pueda responder a estas expectativas.   

P-¿Podría trazarnos un recorrido histórico de su origen y elementos que lo integran? ¿Y sobre el nuevo que se propone?

R-La historia documentada del escudo municipal es bastante corta. No tenemos pruebas del uso de un escudo municipal por la villa mientras perteneció a la casa de Arcos. Los únicos escudos conservados en la documentación municipal anteriores al siglo XIX son los de la casa señorial poseedora de la jurisdicción sobre la villa. Lo más probable es que el escudo se diseñase tras la desvinculación señorial en 1837, añadiendo la imagen del apóstol san Bartolomé a las armas de la casa de Arcos: león rampante, los cuatro palos de gules (rojo) en campo de oro de Aragón y bordura azur (azul) con ocho escudetes en oro fajados de azur. Los documentos más antiguos localizados en los que figura el escudo municipal datan de 1846 y 1852. Mayor nitidez presenta el escudo recogido en el membrete de algunos documentos municipales de 1867 y un membrete del Sexenio Revolucionario. Pero muestra varios errores, como la reducción del número de palos o barras verticales situados entre el apóstol y el león, la interpretación de los escudetes como calderas (sin ningún sentido histórico ni relación con Mairena o la casa de Arcos) y la modificación del formato adoptando el modelo francés con punta inferior central. El aspecto actual se debe al diseño realizado por Antonio Gavira Alba en 1972, coincidiendo con la remodelación del edificio consistorial. Distribuyó en vertical los cuarteles del escudo de la Casa de Arcos y añadió una cartela de aire barroco y dos ramas, de laurel y encina.

P-¿Sería atrevido sostener que puede mejorarse o sustituirse nuestro escudo optando por otro que se ajuste más a la realidad histórica de nuestro pueblo?

R-Es evidente que el escudo actual puede mejorarse para reflejar de un modo más ajustado el pasado histórico de la villa, pues presenta algunos errores de interpretación de los elementos originales, que resultan contrarios a las normas establecidas en la tradición heráldica española y a la propia realidad histórica. Parece lógico rectificarlos reponiendo los escudetes de la bordura azur (azul) de la casa de Arcos y restituyendo la cuarta barra gualda (roja) de las armas de Aragón. También sería interesante reconstruir el escudo de formato español, con la parte inferior redondeada, usado en el primer escudo documentado conservado.

P-Demanda de la ciudadanía no parece existir al respecto. En todo caso, si lo que se consigue implantar goza de mayor rigor comprobado que lo existente, tal vez a los maireneros y maireneras les pueda parecer bien igualmente ¿Cómo habría que actuar en este caso si se quiere llevar a buen puerto la propuesta?

R-Coincido con su apreciación. El tema no constituye una demanda social en estos momentos. Otros asuntos son los que preocupan a la ciudadanía mairenera con mayor intensidad. Si hace unos meses se hubiese preguntado abiertamente a la ciudadanía que elaborase una lista de quince o veinte temas preocupantes, que desease que el ayuntamiento abordase o resolviese, el escudo no hubiese aparecido entre ellos. Hoy día, con el movimiento que se aprecia en las redes sociales, es posible que apareciese en los últimos lugares. Y respecto a la segunda pregunta, la única vía adecuada de actuación es la búsqueda del acuerdo más mayoritario posible entre las fuerzas políticas. Tanto la ley, como la más elemental lógica democrática y lo que un escudo significa como elemento identitario de la población, así lo indican.

P-Tenemos entendido que hay una normativa estatal sobre simbología oficial y heráldica que obliga a los consistorios a atenerse a unos parámetros en este sentido. ¿Qué nos puede aclarar en este caso? ¿Tiene algo que ver con lo que ahora se vuelve a plantear en nuestra Mairena?

R-La normativa que regula la aprobación de escudos municipales ha cambiado considerablemente. Cuando el Real Decreto 3315/1983, de 20 julio traspasó las competencias del Estado a la Comunidad Autónoma Andaluza, se requería un informe de la Real Academia de la Historia. El Decreto 14/1995, de 31 de enero, por el que se regula el procedimiento para la aprobación y rehabilitación de escudos heráldicos, banderas y otros símbolos de las Entidades Locales, y la Orden de 12 de mayo de 1995 establecían la preceptiva aprobación del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía. Actualmente rige la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de Símbolos, Tratamientos y Registro de las Entidades Locales de Andalucía, que suprime la aprobación del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, reduce considerablemente las exigencias y hace más flexible el procedimiento de aprobación. De acuerdo con dicha norma, el respaldo popular es el que eleva el escudo a la categoría de elemento representativo, pudiendo tener su base en argumentos heráldicos, históricos o de identificación con el presente. La norma establece la necesidad de mayoría cualificada para su aprobación, e insiste en asegurar la participación popular y la intervención de expertos en la materia que puedan garantizar la calidad de dichos símbolos (como, por ejemplo, informando de los criterios heráldicos más adecuados o rectificando errores de tipo histórico). Una vez aprobado por el órgano competente, se inscribe en el Registro Andaluz de Entidades Locales y se publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. 

P-¿Le parece una buena opción la planteada por el estudioso Eusebio Pérez Puerto; se ajusta mejor al rigor histórico en el que suponemos deben asentarse estos símbolos oficiales?

R-Las propuestas de modificación que recogió Eusebio Manuel Pérez Puerto en su libro El Escudo Heráldico Municipal de la Villa de Mayrena, publicado por el Ayuntamiento de Mairena del Alcor en 1991, son acertadas y se basan en argumentos heráldicos e históricos sólidos, como ya indiqué en mi informe. Al corregir los errores históricos existentes en el escudo usado actualmente, el propuesto presenta mayor rigor histórico. Respecto a la suposición que incluye en la segunda parte de su pregunta, debo decir que las normas anteriores otorgaban un papel más decisivo a los fundamentos heráldicos e históricos en el diseño de los escudos de entidades locales. Pero en el marco de la legislación actual, los principios heráldicos e históricos no son requisitos imprescindibles, ni los únicos posibles, para fundamentar el diseño de un escudo, pues puede basarse también en elementos relacionados con el presente, siempre que la ciudadanía se identifique con él. Como señala claramente la ley, el valor simbólico del escudo no depende tanto de su ortodoxia heráldica, cuanto de su identificación por la población. En este sentido, como se ha indicado en alguna red social, podría argumentarse que el hecho de que las hermandades lo utilicen en sus pasos e insignias puede ser una muestra de aceptación popular del escudo usado actualmente, o que podría valorarse el hecho de que recoge la aportación artística realizada por un insigne hijo predilecto de la villa. Pero estas no dejan de ser simples ideas para el debate sin el menor valor resolutivo. 

P-En todo caso, la posibilidad ha sido rechazada por el pleno al no contar el gobierno como proponente de la mayoría de tres quintos requerida para estos asuntos ¿Cuál considera que debe ser la clave para superar ese escollo? ¿Cree que merece la pena seguir intentándolo?

R-El artículo 14º de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de Símbolos, Tratamientos y Registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece que la resolución del procedimiento corresponde a la corporación municipal y para su aprobación la propuesta debe obtener el voto favorable de las dos terceras partes de los concejales presentes, siempre que el número de votos favorables suponga, al menos, la mayoría absoluta del número legal de miembros. Por ello, dada la distribución actual del consistorio, la única vía es el acuerdo entre las fuerzas políticas y el ideal deseable sería el consenso. El escudo, al igual que la bandera, es un símbolo de identidad del pueblo, un elemento de unión que no debe ser motivo de división. Si un símbolo ha de representar a toda Mairena, la inmensa mayoría de la población debe poder identificarse con él. La decisión debe realizarse con el mayor acuerdo posible y el proceso no debería convertirse en ocasión de lucha partidista, que solo llevaría a la identificación de cada diseño de escudo con una facción. Justo lo contrario de lo que un escudo municipal significa.

P-Ha generado polémica la inversión ya realizada para los estudios y cambio que nos ocupa, y que según se indicó en el pleno se elevan a unos 20.000 euros.

R-Desconozco la naturaleza, importe, objetivo o destino de esas inversiones. Desde luego no se han gastado en el informe histórico que se me solicitó y aporté, por el que no he cobrado nada, y, conociendo el espíritu altruista de Eusebio, me atrevería a asegurar que tampoco él ha cobrado nada por su informe. Supongo que la corporación municipal ofrecerá las oportunas explicaciones. De todas formas, parece lógico aguardar a tener un escudo aprobado por el pleno municipal antes de comprometer partidas presupuestarias más allá de las estrictamente vinculadas a las gestiones necesarias para su aprobación.

P-En todo caso, no parece que este gasto realizado por el Ayuntamiento de Mairena del Alcor sea algo exclusivo de nuestro pueblo, pues se conoce igualmente que otros municipios, incluso del entorno, están realizando movimientos y gastos en la misma dirección. 

R-Respecto a los procesos seguidos en otras localidades sólo tengo información por lo que me comentan compañeros historiadores que han intervenido en los mismos. Y hay de todo: desde procesos culminados con amplio consenso entre las distintas fuerzas políticas hasta enfrentamientos enconados con acusaciones cruzadas que han paralizado los expedientes. De todas formas, lo realizado en otras localidades puede servir de ejemplo ilustrativo, pero no de justificación de las actuaciones propias, que deben situarse dentro de los estrictos marcos que ofrecen la normativa vigente, la prudencia y el interés de toda la ciudadanía.

P-¿Y usted, es partidario de proseguir con el cambio; le ve sentido; por qué?

R-Me atengo a lo indicado anteriormente respecto a los errores existentes en el escudo, que sería conveniente rectificar para que refleje correctamente la historia de la villa. Podría considerarse deformación profesional, pero más de treinta años corrigiéndolos en los ejercicios de mi alumnado me han dejado esta manía de no dejar pasar los errores históricos.

P-¿Alguna recomendación a los partidos políticos con representación institucional en nuestra localidad, y que son los que en última instancia tienen en sus manos la llave de abrir o cerrar esta puerta?

R-Repito lo antes dicho: el consenso. Los miembros de la corporación municipal, con independencia de la fuerza política de la que formen parte, son representantes de la ciudadanía y a ella se deben. Ahora tienen una excelente oportunidad para mostrar que su interés está por encima de la pura confrontación electoralista y sus miras van encaminadas al bien colectivo. Pónganse de acuerdo, no les queda otra, acerquen posturas y planteen un debate abierto razonable y razonado para establecer un signo de identidad en el que se reconozcan todos los maireneros.

Les recordaría que, sea cual sea el escudo que se utilice en adelante, el uso institucional debe ser compatible con el respeto del valor patrimonial, histórico y artístico que poseen los escudos actualmente existentes como testigos de la historia de la localidad. Precisamente, las diferencias que presentan en su formato permiten datarlos en momentos concretos y constituyen un reflejo permanente de la evolución histórica de la villa. Por ello debemos conservar los escudos existentes en elementos tan diversos como paneles de azulejos de rótulos de calles, placas de memoria, monumentos conmemorativos, rótulos de edificios, exorno de pasos e insignias de hermandades, cuadros, muebles, tapices y otros elementos. Constituyen un testimonio singular del pasado histórico que contribuye a preservar la memoria de Mairena, que ha forjado en su transcurrir su identidad colectiva como pueblo. En la conservación de estos escudos anteriores se prima su valor como testimonio documental de la época en que fueron realizados, sin perder por ello su carácter de representación institucional o local, pues las variaciones que presentan no difieren excesivamente ni impiden su reconocimiento como emblema de la localidad.

P-Se ha observado en foros de opinión públicos como las redes sociales la apelación a la retirada de ciertos elementos del viario público mairenero por entrar en colisión con la Ley de Memoria Democrática en vigor ¿Qué tiene que decir al respecto?

R-Me parece oportuno señalar que, contrariamente a lo que en algunas redes sociales se ha plantado, preservar los escudos existentes en lugares públicos colocados durante el periodo de la dictadura del general Franco, no supone el incumplimiento de la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática. El artículo 35º de la ley ordena claramente la retirada de escudos, insignias, placas y cualesquiera otros elementos u objetos adosados a edificios públicos o situados en la vía pública en los que se realicen menciones conmemorativas en exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar y de la Dictadura. Pero ninguno de esos casos concurre en el escudo municipal, representación de la villa y de su ayuntamiento independientemente del régimen político bajo el que fuesen colocados en calles, edificios o piezas artísticas, y en ningún caso suponen exaltación de la sublevación militar, la Guerra Civil o la Dictadura. 

P-Muchas gracias por atendernos. 

R-Reitero mis gracias a ustedes como medio informativo.

 

Un comentario sobre “El sentido y la razón de un nuevo escudo para Mairena del Alcor

  • Es lamentable como se utiliza el periodico para encaminar al entrevistado para que responda con fines interesados al pp, se supone que el periodismo tiene que ser neutral. A destacar que jose maria dominguez nunca fue del partido andalucista.

    Respuesta

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *