Alcalá de Guadaíra recibe el aval TSJA a su política de implantación de plantas fotovoltaicas y protección del paisaje
El Ayuntamiento ha dado a conocer la sentencia del Alto Tribunal Andaluz, emitida el 11 de septiembre, que desestima íntegramente el recurso presentado por la promotora de energías renovables Bogaris PV5 contra la modificación del PGOU que limita la instalación de plantas fotovoltaicas, avalando así el criterio medioambiental y la capacidad municipal para ordenar los usos del suelo de acuerdo con su modelo de ciudad
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado íntegramente el recurso contencioso-administrativo que se había presentado contra la modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Alcalá de Guadaíra, relativa a la regulación de la implantación de instalaciones de generación de energía solar. La sentencia, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA, Sección Segunda, con fecha 11 de septiembre de 2026, respalda la actuación desarrollada por el Ayuntamiento de la ciudad, confirmando la validez de la modificación urbanística aprobada para ordenar territorialmente la implantación de instalaciones fotovoltaicas. De ese modo, el fallo desestima la demanda interpuesta por la empresa promotora de energías renovables Bogaris PV5 y establece con su resolución la imposición de las costas a la parte recurrente.
La sentencia respalda por ello la validez del trabajo desarrollado por la Delegación Municipal de Urbanismo para dotar a la ciudad de una regulación que permita compatibilizar el desarrollo de las energías renovables con la protección del territorio, el paisaje y el modelo de ciudad. En este sentido, el TSJA reconoce expresamente que el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra tiene capacidad para ordenar los usos del suelo y que la planificación urbanística permite establecer las condiciones y localizaciones más adecuadas para determinados usos.
Al tiempo que rechaza el recurso contencioso-administrativo, el veredicto judicial sostiene que la planificación urbanística desarrollada por el Consistorio se hizo dentro de un ámbito de defensa del interés público y partiendo de criterios técnicos, con transparencia, motivación, justificación; y con el procedimiento administrativo adecuado para aportar seguridad jurídica. En este sentido, uno de los aspectos centrales del veredicto apela a que el tribunal considera que la modificación del PGOU no supone impedir totalmente el desarrollo de la energía fotovoltaica, sino regular su emplazamiento en el término municipal.
De hecho, la resolución señala que queda disponible prácticamente la mitad del suelo no urbanizable del municipio para la implantación de esas instalaciones, concretamente un 52,07%, concluyendo que no se ha acreditado que esta superficie resulte insuficiente para garantizar una producción significativa de electricidad. Del mismo modo, señala que la actuación municipal perseguía desde el inicio preservar los valores paisajísticos de Alcalá de Guadaíra, protegiendo lugares como la vega del Guadaíra, el entorno del monumento natural o el escarpe de los alcores, entre otros, bajo el entendimiento de que una implantación descontrolada y dispersa de plantas fotovoltaicas no resulta compatible con una protección equilibrada del paisaje.
Así pues, el TSJA concluye que la regulación municipal no resulta desproporcionada respecto al objetivo perseguido, y que ésta es compatible con el impulso y despliegue de las energías renovables. Como asimismo avala el procedimiento ambiental seguido para la modificación del PGOU, considerando el alto órgano judicial que la evaluación ambiental estratégica contempló alternativas que fueron valoradas atendiendo a aspectos como el paisaje, los usos del suelo, la biodiversidad, el agua y el cambio climático.
Por otra parte, el TSJA considera que la modificación no altera de manera sustancial el modelo territorial de Alcalá de Guadaíra, al no modificar la clasificación del suelo, ni el diseño municipal, ni la red de comunicaciones, ni los servicios o las necesidades dotacionales del municipio, considerando además que la exclusión de determinadas zonas para la instalación de plantas fotovoltaicas responde a una decisión motivada, como es la protección de los intereses municipales o la salvaguarda del modelo de ciudad.
Por ello, para el Equipo de Gobierno alcalareño la sentencia supone un respaldo al trabajo realizado durante años desde la Delegación de Urbanismo para actualizar el planeamiento municipal y anticiparse a los nuevos retos derivados de la expansión de las energías renovables. Entendiendo además que pone en valor un modelo de urbanismo responsable y armonizador con el medio ambiente, sostenible, y con visión de futuro.

Alcalá contará con una segunda piscina pública estival
Igualmente en el ámbito del urbanismo y los servicios, el gobierno de Alcalá de Guadaíra acaba de anunciar la construcción de una segunda piscina pública de verano. La comunicación la hizo el pasado viernes su alcaldesa, Ana Isabel Jiménez, a tenor de la visita que realizó a la parcela municipal en la zona de Cabeza Hermosa donde se ubicará la nueva instalación pública. En la visita estuvo acompañada por el delegado de Planificación Estratégica, Jesús Mora y el delegado de Deportes, Pedro Gracia. Fue el acto donde además se anunció que el proyecto está ya en fase de adjudicación de la contratación de las obras para comenzar en el cuatro trimestre de este 2026, con un plazo de ejecución previsto de ocho meses.
La piscina se construirá junto a una de las paradas del tranvía en construcción, y en conjunto la instalación dispondrá de dos vasos para el baño, vestuarios, bar, y gran espacio ajardinado con grandes cubiertas para aportar sombra al conjunto. Todo ejecutado sobre un solar municipal de una superficie aproximada de 6.750 m², con un desnivel máximo entre sus extremos norte y sur de unos seis metros. Un espacio que está situado entre las calles Voluntad, Justicia y la Ronda de Cabeza Hermosa, con cara a tres viales de tráfico rodado y otro peatonal.
Otros datos ya revelados sobre la nueva piscina atienden a su aforo, que será para 300 usuarios y zonas diferenciadas. De ese modo, las piscinas de la zona sur de la parcela serán dos vasos de recreo, una para adultos y otra infantil. Con una lámina de agua de 750 m² y unas dimensiones de 45,50 x 16,50 metros la primera, siendo la infantil de 132 m² y 16,50 x 8,00 metros. Además, en un semisótano, parcialmente bajo los vasos y playas perimetrales, se instalarán elementos necesarios para su funcionamiento como las bombas, depósitos y vasos de compensación para los sistemas hidráulicos y el sistema de la depuración de ambas piscinas.
El conjunto dispondrá además de una oficina, un botiquín y almacén, todo en una sola planta con una superficie construida de aproximadamente 350 m², encajando en áreas como el espacio verde, con césped y vegetación, de casi 3.000 m², con cerramiento perimetral del recinto. Y como complemento, un kiosco-bar con un porche-terraza para mesas, todo con fácil acceso y buena dotación de servicios, remarcan desde el Consistorio panadero.

