Estas son las normas que se deben cumplir a partir de mañana lunes
Tras la aprobación en el Consejo Interterritorial celebrado de forma extraordinaria el pasado 14 de agosto de actuaciones coordinadas en Salud Pública para actuar ante el incremento de casos de la COVID-19, entrarán en vigor el próximo lunes 17 de agosto, once medidas de control en siete ámbitos diferentes, tres recomendaciones y una indicación de observancia de los aspectos incluidos en el «Plan de Respuesta Temprana en un escenario de control de la pandemia por COVID-19».
«Se han declarado formalmente medidas coordinadas en materia de Sanidad que van a ser adoptadas de forma conjunta por todas las comunidades y ciudades autónomas», ha resaltado el ministro de Sanidad, Salvador Illa.
Estas medidas se centran en el control de la transmisión en los ámbitos que actualmente son el origen de los brotes epidémicos de mayor impacto y riesgo y en aquellas que puedan controlar la transmisión comunitaria asociada a esos brotes que se detectan a través de la Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica.
El ocio nocturno es actualmente el origen de los brotes epidémicos con mayor número de casos asociados, una media de 31, y además son dichos brotes el origen de una gran parte de la transmisión comunitaria actual y de casos en varias CCAA.
Por ello, una de estas medidas ya conocidas consiste en el cierre de discotecas, salas de baile y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo. Y, de forma complementaria, en los establecimientos de hostelería, restauración, terrazas y bares/restaurantes de playa se debe garantizar la distancia interpersonal mínima de 1,5 metros en el servicio en barra y también entre mesas, con un máximo de 10 personas por mesa. El horario de cierre de los establecimientos será la 1:00 h. como máximo, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 00:00 h.
Otro de los ámbitos de actuación son los eventos multitudinarios. En estos, al ser de carácter planificado, se deberá realizar una evaluación del riesgo por parte de la autoridad sanitaria conforme a lo previsto en el documento «Recomendaciones para eventos y actividades multitudinarias en el contexto de nueva normalidad por Covid-19 en España», acordado en la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. En función de esta evaluación, cada evento deberá contar con la autorización de la comunidad autónoma.
Centros sociosanitarios
Los centros sociosanitarios, que son el ámbito en el que se produce el mayor incremento de brotes detectados en las últimas semanas y dado que los residentes en ellos son el grupo vulnerable más importante y prioritario en cuanto a medidas de reducción de riesgo, centran otras tres de las medidas acordadas.
Por un lado, realizar pruebas PCR a todos los nuevos ingresos en los centros sociosanitarios de carácter residencial, con 72 horas de antelación como máximo.
También se hará a los empleados/as que regresen de permisos y vacaciones, y a los nuevos trabajadores/as que se incorporen.
Asimismo, se limitarán las visitas a una persona por residente, extremando las medidas de prevención, y con una duración máxima de una hora al día. Y, se garantizará el escalonamiento de las mismas a lo largo del día. Estas medidas se podrán exceptuar en el caso de personas que se encuentren en proceso del final de la vida. Además, se limitarán al máximo las salidas de los residentes.
El documento aprobado en el seno del Consejo Interterritorial del SNS recoge, por otro lado, que en caso de brote epidémico, se realizarán cribados con pruebas PCR en aquellas poblaciones de riesgo y potencialmente expuestas (por ejemplo: residentes en centros socio-sanitarios, barrios con transmisión comunitaria, centros educativos, bloques de viviendas afectadas, colectivos vulnerables, etc.).
Por su parte respecto al consumo de alcohol no autorizado en vía pública se reforzarán los controles para impedirlo así como aquellas otras actividades no permitidas en la vía pública. En este sentido, las comunidades autónomas y ayuntamientos aplicarán las sanciones correspondientes.
Y, en el consumo de tabaco y cigarrillos electrónicos sólo se podrá exceptuar la obligación de uso de mascarilla durante el consumo de tabaco o cigarrillos electrónicos en la vía pública o en espacios al aire libre, en los supuestos en que pueda garantizarse el mantenimiento de una distancia con otras personas de, al menos, 2 metros.
Recomendaciones y capacidades sanitarias
El acuerdo del Consejo Interterritorial incluye tres recomendaciones: realizar periódicamente, y en la medida de lo posible con carácter al menos quincenal, pruebas PCR a los trabajadores de centros sociosanitarios que estén en contacto directo con residentes, recomendar a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable y al mismo tiempo que estos se limiten a un máximo de 10 personas.
El documento especifica que se garantizarán los medios y capacidades de los sistemas sanitarios para el cumplimiento de lo previsto en el Plan de Respuesta Temprana en un escenario de control de la pandemia por COVID-19.
La Declaración de Actuaciones Coordinadas mantendrá su vigencia hasta que se produzca su revocación expresa por el Ministro de Sanidad, previo acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, con audiencia de todas las comunidades y ciudades autónomas.